Fecha de Publicación: 24/05/1990
Página: 474-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 10

   Las paredes hasta un metro ochenta centímetros y los pisos deberán ser
de portland lustrado u otros materiales similares que ofrezcan una
superficie lisa, impermeable, resistente y fácilmente higienizable.
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