Fecha de Publicación: 03/05/2018
Página: 6
Carilla: 6

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 2

   Se concursará el acceso a las funciones de Encargado de Departamento y Sección, las cuales se agruparán por áreas de especialización. Estas últimas serán definidas en el Manual de Funciones de Encargaturas de la Dirección General Impositiva, a aprobar por Resolución del Director General de Rentas. La mencionada agrupación por áreas de especialización se realizará en virtud de la participación de la función de Encargado concursada en los procesos de la Administración Tributaria, así como por el nivel jerárquico y retributivo de la misma.
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