Fecha de Publicación: 28/04/1987
Página: 378-A
Carilla: 32

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 27

    Créase una Comisión Asesora Tripartita que estará integrada por un
delegado de la Dirección Nacional de Recursos Humanos del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social que la presidirá, dos delegados de los obreros
y dos delegados de los empleadores que serán elegidos simultáneamente de
conformidad con los procedimientos indicados por la ley 10.449 de 12 de
noviembre de 1943. También integrará la Comisión un delegado empresarial
de la industria frigorífica, que participará con voz y sin voto, a
propuesta del sector.
    Conjuntamente con los titulares serán electos igual número de
suplentes.
    Los integrantes de la Comisión durarán dos años en sus funciones
pudiendo ser reelectos para ocupar el cargo por un período más,
continuando en sus funciones hasta tanto se elijan a los reemplazantes.
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