Incorpórase a la ley N.o 10.050 actualizada por la ley N.o 10.757 el siguiente artículo:
"Artículo 281 bis. La mitad de las vacantes en el grado de General serán provistas de acuerdo al siguiente procedimiento:
a) Se efectuará una prueba escrita sobre un tema relativo a la Seguridad
Nacional y Desarrollo, que será sorteado por el Tribunal respectivo
entre una lista de temas previamente publicados en la Orden del Comando
General del Ejército.
b) Esta prueba será de carácter eliminatorio, calificándose solamente como
"Aprobado" y "No Aprobado".
c) Entre los postulantes que hubiesen sido aprobados se aplicará el
sistema de selección, a cuyos efectos los señores Generales en
situación de actividad, residentes en el país, actuando en Junta,
seleccionarán él o los Coroneles que ocuparán las vacantes a proveer
por este procedimiento".