Fecha de Publicación: 25/03/1982
Página: 1009-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 18

   Las dimensiones de los sobres normalizados Nos. 1, 2 y 3 no incluyen 
el transporte por vía postal de envíos que tengan otros tamaños, pero en este caso el Correo se reserva el derecho, de acuerdo a la Legislación vigente, de aplicar una tarifa diferencial que le permita absorber los mayores costos operativos resultantes. Las dimensiones máximas absolutas son: largo, ancho y alto sumados 900 mm. sin que la dimensión mayor 
exceda de 600 mm. y para objetos en forma de rollo, largo más dos veces 
el diámetro 1040 mm. sin que la dimensión mayor exceda de 900 mm. Las dimensiones mínimas absolutas son: un frente de 90 x 140 mm. y para
objeto en forma de rollo, largo más dos veces el diámetro 170 mm sin que
la dimensión menor sea inferior a 100 mm. Las dimensiones establecidas en
los incisos 2 y 3, admiten una tolerancia en más o en menos de 2 mm.
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