MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Ley 15.650
Se autoriza al Ministerio de Defensa Nacional se llame a ex - alumnos de la Escuela Militar que aspiren reingresar a efectos de realizar el Curso
de Capacitación para Alférez de Intendencia.
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEYAutorízase al Ministerio de Defensa Nacional para que por el Comando General del Ejército se llame a ex - alumnos de la Escuela Militar que aspiren a reingresar a ella a efectos de realizar el Curso de Capacitación correspondiente para Alférez de Intendencia.
Los ex - alumnos que se presenten no deberán haber sido baja del Instituto por faltas que afecten su honor o moral.
El Curso de Capacitación a que se refiere el artículo 1o, tendrá exclusivamente la finalidad de preparar Alféreces para llenar los cuadros de Oficiales del Servicio de Intendencia dispuesto en el artículo 181 de la ley 10.050, de 18 de setiembre de 1941 y sus modificativos.
El Ministro de Defensa Nacional elevará para su aprobación al Poder Ejecutivo, la reglamentación pertinente para el Curso de referencia, que tendrá una duración de un año lectivo para los ex - alumnos que hayan aprobado como mínimo primer año del Curso Profesional de la Escuela Militar.
Deróganse las leyes 13.819, de 16 de diciembre de 1969 y 14.707, de 28 de setiembre de 1977.
Comuníquese, etc.
Sala de Sesiones del Consejo de Estado, en Montevideo, a 10 de octubre de 1984.- HAMLET REYES, Presidente.- Nelson Simonetti.- Julio A. Waller, Secretarios.
Ministerio de Defensa Nacional
Montevideo, 25 de octubre de 1984.
Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos.-GREGORIO C. ALVAREZ - JUSTO M. ALONSO.Ayuda