Fecha de Publicación: 31/10/1984
Página: 7-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 23

   Los cargos titulares del Consejo de Administración y Autoridad Fiscal
podrán ser remunerados de acuerdo a lo que resuelva la Asamblea General.

                             SECCION I

                       De la Asamblea General

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