Fecha de Publicación: 28/06/1982
Página: 597-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 29

   Fíjase en un 17% (diecisiete por ciento) la tasa del impuesto creado por el artículo 71 de la ley 13.349, de 29 de junio de 1965 y modificativos.
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