Fecha de Publicación: 12/08/1980
Página: 374-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Fe de erratas publicada/s: 28/08/1980.

Artículo 12

   Quienes tengan vinculación profesional con miembros del Directorio o
con el gerente general, o sean sus consocios, están asimismo inhabilitados
para celebrar los actos y contratos prohibidos a aquéllos.
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