Ley 14.618
Se establecen disposiciones referentes al régimen de arrendamientos destinados a casa habitación.
El Consejo de Estado ha aprobado el siguiente
PROYECTO DE LEY
Artículo 1
El plazo legal de los arrendamientos destinados a casa-habitación,
comprendidos en las previsiones de los artículos 10º de la ley 14.219, de
4 de julio de 1974 y 1º de la ley 14.537, de 24 de junio de 1976, se
extenderá hasta el 30 de junio de 1979 salvo lo dispuesto en el artículo
4º de la presente ley.