Fecha de Publicación: 16/08/1976
Página: 561-A
Carilla: 1

PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Fe de erratas publicada/s: 19/08/1976.

Artículo 32

 Derógase a partir del 1º de enero de 1977 el Fondo Nacional de Subsidios
creado por el artículo 377 de la ley 13.640, de 26 de diciembre de 1967.
 Los recursos de dicho Fondo se verterán a Rentas Generales.
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