Fecha de Publicación: 24/06/1975
Página: 725-A
Carilla: 5

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 72

En los juicios de desalojo contra arrendatarios, subarrendatarios,
aparceros y subaparceros buenos pagadores, se aplicará el siguiente
régimen de estabilización:

A)   Para los que haya recaído sentencia ejecutoriada, el lanzamiento no
     podrá solicitarse antes del 15 de junio de 1976.

B)   Para los que se encuentren en trámite si la sentencia quedara
     ejecutoriada antes del 15 de junio de 1976, el lanzamiento no podrá
     solicitarse hasta después de la referida fecha.
Ayuda