Fecha de Publicación: 02/08/1974
Página: 388-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 13

   El patrimonio de la entidad estará compuesto:

1º) Por todos los bienes a que se refiere el artículo siguiente.
2º) Por los fondos específicamente asignados en esta ley.
3º) Por el producido de sus proventos.
4º) Por los legados y donaciones.
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