Fecha de Publicación: 05/03/1974
Página: 470-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 96

   Revistan en situación de "Disponibles" los Oficiales que:

   A) No han recibido cargo o comisión por causales que no les son 
      imputables. Los Comandos de las Fuerzas procuraran que esta 
      situación se mantenga el menor tiempo posible, asignándoles cargos 
      o comisión, de forma de conciliar su necesidad y conveniencia para
      el servicio con la disponibilidad de Oficiales;
   B) Cesan a su solicitud en el cargo o en la comisión que 
      desempeñen, si la causal resulta justificada a criterio del Poder 
      Ejecutivo.
       Esta solicitud sólo la pueden formular los Oficiales que tienen 
      más de cinco años de efectivo como tales y por sólo dos veces: una 
      vez en los grados de Oficial Subalterno y otra en los grados de 
      Jefe y Oficial Superior;
   C) Han sido designados por el Poder Ejecutivo para desempeñar cargo
      político no elegible, a propuesta de la Junta de Comandantes en 
      Jefe.

Ayuda