La precedencia del militar dentro de su grado se determina en la
siguiente forma:
A) Por la fecha de promoción al grado que se considera y siendo
ésta igual, por la precedencia de ascenso en el grado anterior.
B) A igualdad de precedencia en el grado anterior, por la
correspondiente al grado inmediato inferior, y así
sucesivamente, hasta llegarse, si fuere necesario, a la fecha
de ingreso a las Fuerzas Armadas.
En igualdad de ésta tiene precedencia el de mayor edad.
C) Dentro de cada grado el militar en actividad tendrá precedencia
sobre el retirado.
D) La precedencia para el egreso como Oficial de las Escuelas de
Formación, estará dada por la calificación de aptitudes de
acuerdo a los reglamentos respectivos de las mismas.