Fecha de Publicación: 05/03/1974
Página: 470-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 69

   Los alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales pertenecen a
la categoría de personal subalterno. Las equivalencias de años de los 
Cursos de alumnos, con los grados correspondientes al personal 
subalterno, a los efectos funcionales y disciplinarios serán establecidas por las reglamentaciones correspondientes.
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