Fecha de Publicación: 05/03/1974
Página: 470-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 35

   Constituye jurisdicción de la Fuerza Aérea:
      A) La totalidad del espacio aéreo jurisdiccional del país.
      B) Los espacios ocupados por las Bases Aéreas y demás 
         establecimientos de la Fuerza Aérea, con su correspondiente zona 
         de seguridad.
      C) Toda la infraestructura aeronáutica nacional y predios del 
         Estado destinados a campos de aviación, a efectos de 
         explotación, vigilancia y operación aeronáutica.

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