Fecha de Publicación: 05/03/1974
Página: 470-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 234

   El Ministerio de Defensa Nacional, con el asesoramiento de la
Junta de Comandantes en Jefe, someterá a la aprobación del Poder 
Ejecutivo, el proyecto de pliegos generales y condiciones para los contratos de las Fuerzas Armadas, respetando los principios de requerimientos logísticos y, en cuanto sean aplicables, las condiciones generales que establezcan las normas de ordenamiento y administración financiera que rijan en la materia.
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