Fecha de Publicación: 04/02/1943
Página: 209-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL

Artículo 7

   La representación de la Caja será ejercida en todos los casos, por el Presidente y el Consejero Secretario o por quienes los sustituyen.

                        Del patrimonio de la Caja
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