LEY ORGANICA DEL EJERCITO NACIONAL




Promulgación: 30/11/1984
Publicación: 17/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1245
Referencias a toda la norma

TITULO IV - PERSONAL MILITAR
CAPITULO VI - RECLUTAMIENTO
PERSONAL RESERVISTA VOLUNTARIO

Artículo 95

   Los Centros de Instrucción para Oficiales de Reserva tendrán por
cometido la formación de Alférez de Reserva, no comprendidos en los
literales A), B) y C) del artículo 93 y la realización de Cursos de
Suficiencia y Aptitud Militar para el ascenso y la evaluación de
conocimientos, acorde a lo que establezca la reglamentación
correspondiente.
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