LEY ORGANICA DEL EJERCITO NACIONAL




Promulgación: 30/11/1984
Publicación: 17/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 1245
Referencias a toda la norma

TITULO III - ORGANIZACION
CAPITULO V - SERVICIOS DE EJERCITO
SERVICIO DE TIRO Y EDUCACION FISICA

Artículo 40

   El Servicio de Tiro y Educación Física tendrá por misión:

   A) Asegurar la obtención, almacenamiento, mantenimiento, distribución y
      evacuación del material y equipo deportivo.

   B) Planificar, organizar y controlar las pruebas y competencias de
      Educación Física y Tiro del Ejército.

   C) Asegurar la conservación, funcionamiento y control de stands, campos
      y polígonos de tiro que no pertenezcan a los Cuerpos.

   D) Capacitar a los Oficiales y Personal Subalterno como Instructores de
      Educación Física para el Ejército.

   E) Representar al Ejército ante los Organismos y Federaciones similares
      deportivas nacionales.

   F) Planificar, organizar y controlar la selección y entrenamiento de
      las delegaciones deportivas que deban representar al Ejército en el
      ámbito Nacional e Internacional.
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