APROBACION DE EXONERACION TRIBUTARIAS PARA LOS ASTILLEROS, VARADEROS Y DIQUES INSTALADOS O A INSTALARSE EN EL PAIS




Promulgación: 25/10/1984
Publicación: 09/11/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 929

Artículo 10

   Los establecimientos que se acojan a los beneficios de esta ley,
estarán obligados a tomar anualmente en sus talleres para su instrucción
un número de egresados de la Universidad del Trabajo que establecerá el
Poder Ejecutivo, atendiendo a la importancia de las respectivas empresas.

(*)Notas:
Fe de erratas publicada/s: 20/12/1984.
Reglamentado por: Decreto Nº 179/014 de 23/06/2014.
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