Prorrógase por un año el plazo para que la Inspección General de Hacienda prosiga la liquidación del Grupo Patrimonial a que se refiere la ley 14.672, de 27 de junio de 1977. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.
GREGORIO C. ALVAREZ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS