INSTITUCIONES FINANCIERAS. AUMENTO DE CAPITAL




Promulgación: 04/07/1984
Publicación: 12/07/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 21

Artículo 3

   Las integraciones de los nuevos aportes se harán en las condiciones
previstas por las Resoluciones de la Asamblea de Gobernadores del Banco
Internacional de Reconstrucción y Fomento Nos. 313, 346, 347 y 383.
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