OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. DEPORTISTAS QUE INTEGRARON LAS REPRESENTACIONES NACIONALES DE FUTBOL QUE OBTUVIERON LOS CAMPEONATOS SUDAMERICANOS DE LOS AÑOS 1916, 1917, OLIMPICOS Y MUNDIALES DE LOS AÑOS 1924, 1928, 1930 Y 1950




Promulgación: 03/05/1984
Publicación: 15/05/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 682

Artículo 2

   El incremento previsto en el artículo anterior, se aplicará igualmente
en la proporción que corresponda sobre el sueldo básico pensionario
correspondiente a las viudas de los beneficiarios de las pensiones
graciables oportunamente acordadas, conforme con lo dispuesto por la ley
9.940, sus modificativas y concordantes, y que hayan fallecido antes de la
fecha de vigencia de la presente ley.
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