DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. COMISION MIXTA DEL PALMAR




Promulgación: 03/05/1984
Publicación: 25/05/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1984
  •    Página: 678

Artículo 2

   El Poder Ejecutivo acordará con la Comisión Mixta del Palmar (COMIPAL),
si así correspondiere, las compensaciones debidas como consecuencia de las
afectaciones dispuestas por la presente ley.
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