DESAFECTACION DE BIEN PUBLICO. FLORES




Promulgación: 29/12/1983
Publicación: 18/01/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 1382

Artículo 2

   El Poder Ejecutivo (Ministerio de Justicia) y la Administración
Municipal de Flores, acordarán las compensaciones que pudieren
corresponder como consecuencia de la desafectación y afectación dispuestas
por la presente ley.
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