Desaféctase de su actual destino en el patrimonio de la Administración
Municipal de Flores, y afectase al patrimonio del Estado (Ministerio de
Justicia) con destino a sede de las dependencias judiciales, Fiscalía
Departamental y Defensoría de Oficio, el inmueble Padrón Nº 688, ubicado
en la Primera Sección judicial del departamento de Flores con una
superficie total de 1.417.95 m, que se deslinda de la siguiente manera: al
Norte: 42.95 m, lindando con Padrón Nº 2.669. al Sur 42.95 m con frente a
la calle Presidente Berro, al Este: 32,80 m lindando con Padrones Nos.
3.605 y 683. y al Oeste: 33,20 m con frente a la calle Dr. Luis Alberto de
Herrera.
El Poder Ejecutivo (Ministerio de Justicia) y la Administración
Municipal de Flores, acordarán las compensaciones que pudieren
corresponder como consecuencia de la desafectación y afectación dispuestas
por la presente ley.
El Registro General de Traslaciones de Dominio procederá, a la
registración correspondiente con la sola presentación de certificado
notarial que se expedirá con referencia precisa a los datos;
individualizantes del bien raíz, título y modo de adquisición y a la
inscripción del instrumento respectivo.