APROBACION DE NORMAS PARA LA INSCRIPCION EN NACIMIENTO DE PERSONAS DE FILIACION ILEGITIMA




Promulgación: 16/09/1983
Publicación: 22/09/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 492
Referencias a toda la norma

Artículo 4

          Los apellidos compuestos sólo se transmitirán íntegramente
cuando surja de los documentos de estado civil correspondiente que han
sido usados, por lo menos, desde dos generaciones anteriores.
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