CONCESION DE FACULTADES OTORGADAS A LA COOPERATIVA DE CONSUMO PARA SOCIOS DEL CLUB EMPLEADOS ANCAP (COCSCEA)




Promulgación: 05/08/1983
Publicación: 17/08/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 246

Artículo 4

  Las autorizaciones acordadas en el artículo 1º se extienden a la
retención en favor de la nombrada Cooperativa de los haberes que pudiere
percibir el asociado en otras instituciones públicas o empresas privadas
en el caso de que teniendo deudas con la Cooperativa, dejare de ser
asociado a la  misma, o de ser funcionario de la Administración Nacional
de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP) o de percibir retribuciones de
los organismos que integran la Dirección General de la Seguridad Social,
Servicio de Retiros y Pensiones en general o del Banco de Seguros del
Estado.
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