DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO




Promulgación: 01/08/1983
Publicación: 16/08/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 230

Artículo 3

  El Registro de Traslaciones de Dominio procederá a la registración
correspondiente con la sola presentación de los certificados notariales
que se expedirán, con referencia precisa a los datos individualizantes del
bien raíz, título y modo de adquisición y a la inscripción del instrumento
respectivo.
Ayuda