DESAFECTACION DE BIEN DEL ESTADO. MONTEVIDEO




Promulgación: 22/07/1983
Publicación: 01/08/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 97

Artículo 1

   Desaféctase de su actual destino en el patrimonio del Estado
(Ministerio de Salud Pública) y aféctase al dominio del Banco Hipotecario
del Uruguay - que la destinará a la construcción de viviendas - una
fracción de terreno que forma parte del inmueble Nº 66.898, ubicado en la
Cuarta Sección Judicial del departamento de Montevideo señalada con el Nº
2 en el plano de división y mensura del ingeniero agrimensor Héctor
Dellepiane de 11 de febrero de 1983, inscripto en la Dirección General del
Catastro Nacional y Administración de Inmuebles del Estado con el Nº
2.365, el 8 de marzo de 1983, según el cual se compone de un área de 3 Há
2.130 m2, que se deslindan así: 242.25 mal Sureste, de frente a la calle
Justo Maeso, 114,85 mal noreste, con frente a la calle Larravide, línea
quebrada en tres tramos, el primero y el tercero, de 100 m y de 114,85
respectivamente, al Noroeste, y el segundo de 38.20 m al Norte. confinando
todos con la fracción número 1 del mismo plano, y 150,25 m al Suroeste,
limitando con Plazuela, calle Agustín Sosa y Padrones Nos. 66.957, 66.958,
66.959, 66.960, 66.961, 66.962, 66.965.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

    Facúltase al Poder Ejecutivo (Ministerio de Salud Pública) para que,
mediante acuerdo con el Banco Hipotecario del Uruguay, fije los valores
que corresponda compensar como consecuencia de la mutación dominial
establecida en el artículo anterior.

Artículo 3

  El Registro de Traslaciones de Dominio procederá a la registración
correspondiente con la sola presentación del certificado notarial que se
expedirá con referencia precisa a los datos individualizantes del bien
raíz, título y modo de adquisición y a la inscripción del instrumento
respectivo.

Artículo 4

   Comuníquese, etc.

GREGORIO C. ALVAREZ - LUIS A. GIVOGRE - WALTER LUSIARDO AZNAREZ - JULIO
CESAR ESPINOLA
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