LEY ORGANICA DEL MINISTERIO PUBLICO Y FISCAL




Promulgación: 30/12/1982
Publicación: 18/01/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 1158
Ver vigencia: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VII - DISPOSICIONES GENERALES QUE REGULAN LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL MINISTERIO PUBLICO Y FISCAL
SECCION III - REGIMEN ESTATUTARIO

Artículo 35

   (Cese). Los titulares del Ministerio Público y Fiscal cesarán en el
desempeño de sus respectivos cargos:

1)   Por haber cumplido los setenta años de edad.
2)   Por jubilación o renuncia aceptada.
3)   Por destitución.
4)   Por inhabilitación psíquica, física o moral.
5)   Por la aceptación de un desempeño público o privado incompatible con
     el ejercicio del Ministerio Público y Fiscal.
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