DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO




Promulgación: 30/12/1982
Publicación: 14/01/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1982
  •    Página: 1145

Artículo 2

   El Poder Ejecutivo y el Consejo Nacional de Educación (CONAE) acordarán
las compensaciones que pudieren corresponder como consecuencia de la
mutación dominial establecida en el artículo anterior.
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