La adjudicación de viviendas a inscriptos en el Registro de
Aspirantes a Viviendas de Emergencia del Banco Hipotecario del Uruguay se
efectuará teniendo en cuenta la fecha de inscripción, el número de
integrantes y los ingresos del núcleo habitacional, y los casos en que el
bien objeto del desalojo sea la única propiedad del desalojante, todo de
acuerdo a las normas que dicte el Banco.