MODIFICACION DEL TEXTO ORDENADO DGI, RELATIVO A LA CREACION DEL IMPUESTO A LAS RETRIBUCIONES PERSONALES




Promulgación: 23/06/1982
Publicación: 28/06/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 1344
Reglamentada por: Decreto Nº 237/982 de 14/07/1982.
Referencias a toda la norma

Artículo 26

  Serán contribuyentes del impuesto creado en el artículo anterior, las
personas que perciban las atribuciones a que se refiere dicha norma, los
jubilados y los pensionistas, así como los empleadores de la actividad
privada y los Entes Descentralizados, industriales y comerciales del
Estado. (*)

(*)Notas:
Ver vigencia: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículos 1 y 8.
Referencias al artículo
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