En caso que el abogado desee poner fin a su patrocinio, deberá hacerlo
mediante escrito, firmado conjuntamente con la parte ante el órgano
judicial correspondiente.
Si se desconociera el domicilio o el patrocinado se negare a firmar, se
le notificará el cese del letrado en el último domicilio real que hubiere
denunciado en autos.
El cese de la responsabilidad profesional, es sin perjuicio de las
medidas que en el plano procesal pudiere dictar el órgano mencionado.