FUNCIONARIOS. MODIFICACIONES PRESUPUESTALES. EJERCICIO 1981




Promulgación: 06/08/1981
Publicación: 11/08/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 636
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - NORMAS GENERALES

Artículo 108

   Autorízase al Poder Ejecutivo previo informe de la Secretaría de
Planeamiento, Coordinación y Difusión, a disponer la venta de bienes
inmuebles del Activo Patrimonial de los Incisos 1 al 26 del Presupuesto
Nacional, considerados improductivos por las Unidades Ejecutoras
correspondientes, cumpliendo con el procedimiento establecido por las
normas vigentes.
El producido de la venta de dichos bienes, será destinado exclusivamente a
financiar Proyectos de Inversión. 
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