APROBACION DEL ACUERDO RELATIVO A LA INTERPRETACION Y APLICACION DE LOS ARTICULOS VI XVI Y XXIII DEL ACUERDO GENERAL SOBRE ARANCELES ADUANEROS Y COMERCIO
Apruébase el Acuerdo relativo a la Interpretación y Aplicación de los
artículos VI, XVI y XXIII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y
Comercio hecho en Ginebra, el 12 de abril de 1979 y suscrito por la
República Oriental del Uruguay el 31 de diciembre de 1979. (*)