FIJACION DE UN REGIMEN DE LIBERTAD CONDICIONAL O ANTICIPADA EN LAS CAUSAS CORRESPONDIENTES A LA JURISDICCION MILITAR




Promulgación: 27/03/1980
Publicación: 28/03/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 578

Artículo 9

   A los efectos del otorgamiento de los beneficios de que trata la
presente ley, el Supremo Tribunal Militar podrá solicitar la información
que estime necesaria a la Junta de Comandantes en Jefe, al Servicio de
Información de Defensa, al Establecimiento Militar de Reclusión que
corresponda y al Instituto de Criminología.
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