CAPITULO I - NORMAS DE PROTECCION A LA ACTIVIDAD DEPORTIVA
Artículo 1
(Naturaleza de los derechos relativos a la actividad deportiva
remunerada). Considerándose de orden público, a partir de la fecha de
entrada en vigencia de la presente ley, todas las normas que regulan la
actividad deportiva remunerada, reputándose indisponibles por sus
titulares los derechos y beneficios que ellas les acuerdan.
APARICIO MENDEZ - FERNANDO BAYARDO BENGOA - DANIEL DARRACQ