APROBACION DE REFORMA TRIBUTARIA




Promulgación: 07/11/1979
Publicación: 12/11/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1075
Ver vigencia: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 649.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VII - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 57

   Las sociedades anónimas cuyo capital autorizado fuere inferior a N$
50.000.00 (nuevos pesos cincuenta mil) que se disuelvan y liquiden hasta
el 31 de marzo de 1980, serán exoneradas de tributos en cuanto sean
necesarios a estos efectos.

 Las adjudicaciones de bienes que se hagan a los accionistas en pago de
sus haberes dentro del referido plazo estarán exoneradas de tributos.
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