AUTORIZACION AL BANCO CENTRAL PARA LA ACUÑACION DE MONEDAS




Promulgación: 10/09/1979
Publicación: 17/09/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 554

Artículo 3

  (Ensayos).- Se acuñaran cien ensayos en oro y trescientos ensayos en
plata de cada una de las piezas referidas en el artículo anterior, con un
título de novecientos en fino y cien milésimos de cobre.
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