APROBACION DE NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO




Promulgación: 24/01/1979
Publicación: 31/01/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 71
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO

Artículo 10

   Los Organismos comprendidos en el Presupuesto Nacional, no podrán
efectuar depósitos y colocaciones a plazo o inversiones financieras sin
previa autorización del Ministerio de Economía y Finanzas.
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