REGULACION DE LA ACTIVIDAD DE LOS TRABAJADORES RURALES




Promulgación: 19/05/1978
Publicación: 05/06/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 930
Reglamentada por:
      Decreto Nº 216/012 de 29/06/2012,
      Decreto Nº 647/978 Derogada/o de 21/11/1978.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

 El sueldo anual complementario se regirá por las normas de carácter
general, así como la licencia anual, salvo, respecto a esta última, que
podrá ser fraccionada, por acuerdo de partes, en período no menores de
cinco días excluidos los domingos. El Poder Ejecutivo arbitrará las
medidas conducentes para el efectivo cumplimiento de lo establecido
precedentemente.
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