Salvo convención escrita en contrario las mejoras o sembrados existentes
en el predio, así como los animales e implementos de trabajo que se le
hubieren facilitado deberán ser dejados o entregados por el trabajador
rural despedido.
El patrono no podrá efectuar deducción en el salario por concepto de
pastoreo o cuidado de los animales de propiedad del trabajador rural.