LEY ORGANICA DE LA FUERZA AEREA




Promulgación: 28/12/1977
Publicación: 30/12/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 1396
Referencias a toda la norma

TITULO I - DE LA FUERZA AEREA URUGUAYA
CAPITULO VII - DE LOS ORGANISMOS DEPENDIENTES DIRECTAMENTE DEL COMANDANTE EN JEFE
SECCION IV

Artículo 28

La Comisión Nacional de Política Aeronáutica, integrada por los miembros
permanentes, eventuales y asesores, que establecerá la reglamentación,
tendrá como cometido general: asesorar al Comandante en Jefe de la Fuerza
Aérea en todo lo concerniente a la política aeroespacial nacional en su
conjunto, así como proponer, coordinar y evaluar todas las acciones
referentes al potencial aéreo nacional y planes de desarrollo, normas,
programas, servicios, relaciones internacionales, infraestructura,
industrias aeronáuticas y otras de similar naturaleza relacionadas con la
actividad aeroespacial. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 47/983 Derogada/o de 16/02/1983.
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