LEY ORGANICA DE LA FUERZA AEREA




Promulgación: 28/12/1977
Publicación: 30/12/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 1396
Referencias a toda la norma

TITULO II - PERSONAL
CAPITULO X - DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS

Artículo 116-BIS

   Facúltase a la Fuerza Aérea para que, de acuerdo con los medios humanos
y materiales de que dispone, preste los servicios que el sector público y
privado pueda requerirle, por los que percibirá los precios que su costo
determine.
   Los proventos que por este concepto recaude, serán aplicados al
mantenimiento, ampliación y desarrollo de los servicios a su cargo y
adquisición de materiales. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Ley Nº 14.834 de 25/10/1978 artículo 2.
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