MODIFICACION DEL ART. 494 DEL DECRETO LEY 14.106, RELATIVO AL MONTO DE LAS INFRACCIONES ADUANERAS




Promulgación: 01/06/1976
Publicación: 09/06/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 1165
Referencias a toda la norma

Artículo 1

   Elévase a N$ 5.000.00 (cinco mil nuevos pesos) el límite de la
competencia establecido por el numeral 1 del artículo 257 de la ley
13.318, de 28 de diciembre de 1964 con la redacción dada por el artículo
494 de la ley 14.106 de 14 de marzo de 1973.

(*)Notas:
Ver: Ley Nº 15.851 de 24/12/1986 artículo 125 (interpretativo).

Artículo 2

   La Suprema Corte de Justicia podrá modificar las cifras expresadas en
los numerales 1, 2 y 3 de la citada disposición legal teniendo en cuenta
la variación del valor de la moneda. Esta será determinada por la
evolución del índice general de los precios al consumo elaborado por el
Ministerio de Economía y Finanzas. Las respectivas resoluciones entrarán
en vigencia al décimo día de su publicación en el "Diario Oficial".

Artículo 3

Comuníquese, etc.

BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - DANIEL DARRACQ
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