El procedimiento a seguir en materia laboral en segunda instancia ante el
Tribunal de Apelaciones del Trabajo será el siguiente:
Recibidos los autos del Interior, el Tribunal, con tres votos conformes,
podrá resolver su estudio en el acuerdo, en los siguientes casos:
1º. Si se tratare de cuestiones urgentes, simples y reiteradamente
consideradas por el Tribunal;
2º. Si la alzada hubiera sido solicitada con la notoria finalidad de
retardar o dilatar innecesariamente la secuela principal sobre el
fondo del asunto; y
3º. Si hubiere ya habido jurisprudencia en el caso planteado y se
declare por el Tribunal que mantendrá su anterior criterio. (*)